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Investigación y Vinculación
2018-04-19
Privacidad, Anonimato y Derechos Digitales
Conferencia sobre los derechos digitales como extensión de los derechos civiles y humanos.
Por: Aurelio Perez-Gómez
Fotografía: Jorge Estrada Ortíz
Comunicafi
Ingenieros Gunnar Eyal Wolf Iszaevich y Diego Alberto Barriga Martínez

En el marco de la décima sexta Feria de Agrupaciones Estudiantiles de la Facultad, el Laboratorio de Investigación y Desarrollo de Software Libre (LIDSOL) organizó la conferencia Privacidad, Anonimato y Derechos Digitales dictada por los ingenieros Diego Alberto Barriga Martínez y Gunnar Eyal Wolf Iszaevich, el pasado 19 de abril en el Auditorio Sotero Prieto.

Los ponentes recordaron que la privacidad es parte de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la Asamblea General de Naciones Unidas (ONU), cuyo Artículo 12 establece que nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. La protección de la ley contra tales injerencias o ataques es un derecho humano.

En 2015, abundaron, la ONU publicó la resolución El derecho a la privacidad en la era digital, la cual plantea que el marco legal para la vigilancia debe ser claro, público y accesible; de igual forma, considera la intercepción de los metadatos de las comunicaciones un acto intrusivo.

Definieron a la privacidad en la red como el control que practica un usuario sobre su información (datos personales, fotos, archivos) para limitar la cantidad de personas autorizadas a obtenerla y leerla.

Sobre el anonimato plantearon que inició en varias instituciones gubernamentales, las cuales tenían la necesidad de enviar mensajes de forma privada mediante el uso de la encriptación: "La codificación del lenguaje a través de una clave secreta sólo conocida por la organización emisora y por el destinatario del mensaje, como la máquina del británico Alan Turing, creada durante la Segunda Guerra Mundial, que desarrolló algoritmos capaces de descifrar los códigos del enemigo y es considerada el origen de la informática contemporánea".

Defendieron el anonimato para intercambiar información personal y delicada de manera segura, el cual debe ser considerado un derecho que se fundamenta en la libertad de expresión y reside en la voluntad del usuario para revelar o no su verdadera identidad y para expresar libremente sus ideas o acceder a información. Agregaron que se ha vuelto una forma de protección frente a posibles abusos, mientras que las políticas de revelación de identidad en la red afectan particularmente a grupos vulnerables y comunidades marginadas.

En suma, los derechos digitales son una extensión de los derechos civiles y humanos que protegen a los usuarios, en lo que respecta a la libre expresión, a la privacidad en línea o al acceso al internet.

Finalmente, invitaron a los alumnos a integrarse al LIDSOL cuyos propósitos son promover e impulsar la investigación y desarrollo de tecnologías libres, mediante el acercamiento de la comunidad universitaria a proyectos afines de distintas áreas, lo cuales buscan el progreso y mejoramiento de la sociedad en estos campos.